Derecho Comercial
Derecho comercial: la estructura jurídica de su empresa
Estructura jurídica para empresas: constitución, contratos, insolvencia y defensa de los activos intangibles.
Sede en Bogotá · Atendemos procesos y diligencias en todo el territorio colombiano
La mayoría de los pleitos comerciales nacen de documentos escritos con prisa. Un contrato de suministro sin cláusula de terminación, unos estatutos copiados de una plantilla, una factura que no cumple los requisitos para cobrarse ejecutivamente. Lo que se ahorra al constituir se paga con intereses cuando la relación se rompe.
Acompañamos a la empresa en las dos etapas. Al montar: tipo societario adecuado, estatutos que prevean la salida de un socio, contratos que aguanten. Cuando algo falla: cobro de cartera, insolvencia, conciliación o arbitraje. Y en el medio, la protección de lo que suele valer más que los activos físicos —la marca, el nombre, el desarrollo propio—.
Situaciones frecuentes
Cuándo conviene consultarnos
- 01
Va a constituir una sociedad y no sabe cuál le conviene
- 02
Un cliente no paga y usted tiene facturas o pagarés
- 03
Necesita un contrato mercantil que resista un incumplimiento
- 04
La empresa no da para cubrir sus obligaciones
- 05
Quiere registrar y defender su marca
- 06
Un socio quiere salir y los estatutos no lo previeron
Alcance
Qué atendemos en derecho comercial
- Asesoría y elaboración de contratos mercantiles nacionales e internacionales
- Asistencia en conciliaciones y centros de arbitraje
- Asesoría sobre propiedad industrial e intelectual
- Asesoría sobre títulos valores y cobro ejecutivo
- Procesos de insolvencia económica
- Asesoría en derecho societario y constitución de sociedades
- Demás temas relacionados con el derecho comercial
El proceso
Cómo trabajamos
- 01
Primera consulta
Escuchamos el caso, revisamos los documentos que ya tenga y le decimos con franqueza qué se puede hacer y qué no. Si el asunto no da para un proceso, se lo decimos en esa misma reunión.
- 02
Estudio y estrategia
Analizamos las pruebas disponibles, identificamos las que faltan y definimos la vía: negociación, conciliación o demanda. Le entregamos el plan por escrito antes de iniciar.
- 03
Actuación
Asumimos la representación y las diligencias. Usted recibe información del avance sin tener que pedirla, y tiene un abogado responsable identificado para su caso.
- 04
Cierre
Acompañamos hasta el cumplimiento efectivo de lo acordado o de lo ordenado por el juez, incluidos los trámites posteriores a la sentencia.
Antes de la cita
Qué conviene traer a la primera consulta
No es indispensable tenerlo todo: con lo que haya se puede empezar. Pero entre más completo llegue, más concreta será la respuesta que reciba ese mismo día.
- Certificado de existencia y representación legal
- Estatutos vigentes y actas relevantes
- Contratos y anexos de la relación en discusión
- Facturas, remisiones y constancias de recibo
- Estados financieros recientes, si el asunto es de insolvencia
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿Una factura sirve para cobrar por vía ejecutiva?
Puede servir, pero solo si cumple los requisitos que la ley exige para ser título valor y si hay constancia de que el comprador la recibió. Buena parte de los cobros que fracasan lo hacen por defectos de forma en la factura, no porque la deuda no exista. Vale la pena revisarlo antes de demandar.
¿La insolvencia significa cerrar la empresa?
No necesariamente. Los procesos de insolvencia están diseñados en buena medida para lo contrario: ordenar las deudas y permitir que la actividad siga. Entrar a tiempo, cuando todavía hay algo que reorganizar, cambia por completo el resultado frente a esperar hasta el final.
¿Qué tipo de sociedad me conviene?
Depende de cuántos socios son, cómo van a repartir el control, qué responsabilidad quieren asumir y qué planes de crecimiento tienen. La SAS es la forma más usada por su flexibilidad, pero no siempre es la mejor. Es una decisión que conviene tomar con el contador y el abogado juntos.
¿Registrar la marca es realmente necesario?
Sí, si el nombre importa para el negocio. Sin registro, otro puede inscribirlo primero y obligarlo a dejar de usarlo, incluso llevando usted años en el mercado. El registro es lo que convierte el nombre en un activo defendible.
La información de esta página es orientativa y no sustituye una asesoría sobre su caso concreto. Cada situación depende de sus hechos, sus pruebas y sus términos.
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Protección del patrimonio y de las relaciones contractuales, desde el cobro de cartera hasta el saneamiento de la propiedad.
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Relaciones de trabajo bien construidas y defensa de los derechos prestacionales y pensionales.
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Investigación de Bienes
Investigación de las propiedades de una persona natural o jurídica, para verificar su autenticidad o para su respectivo embargo.
¿Su caso encaja en derecho comercial?
Cuéntenos la situación y le decimos con franqueza qué se puede hacer. La primera consulta sirve para eso: para saber si hay caso.